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Bienvenidos:

     Este "Blog" es un espacio educativo que va dirigido a estudiantes, maestros, padres y comunidad en general, con el propósito de informar los servicios y actividades que se llevan a cabo en nuestra biblioteca, mantener un listado de enlaces educativos para realizar tareas escolares, o simplemente enlaces interesantes que promuevan la recreación, el disfrute de la lectura y un acercamiento a las nuevas tecnologías.


Nuestra Escuela

     La Escuela Jaime A. Collazo Del Río, está ubicada en la carr. 159 km.0 H.7. salida hacia Corozal, Morovis, Puerto Rico. Atiende a estudiantes de Nivel Superior (9no-12mo grado) de los barrios de Montellanos, Cuchillas, San Lorenzo entre otros. Cuenta con 1 directora, 47 profesores, 1 bibliotecaria, 743 estudiantes, 1 consejera, 2 trabajadoras sociales, 1 auxiliar administrativo, 1 oficinista mecanógrafa, 1 oficinista, 3 empleados de custodia, 2 empleados de custodia (4 horas), 7 empleados de alimentos y   1 guardia escolar. Teléfono: (787) 862-2300/ Biblioteca (787) 862-2825.



Carmen Marrero

    Nació en Morovis en el año 1907. Educadora y escritora. Es una mujer muy importante para el pueblo de Morovis. Recoge en el poemario Fémina (1939), proclamado a su salida, como '' La esencia de un diario de mujer '', versos que se inspiran principalmente en el tema del amor, sentimiento que expone con sinceridad y ternura, dentro de un clima intimista de gran decoro estético. Operan en este hacer poético indudables influjos de Alfonsina Storni y Juana de Ibarbouru, aliados a concepciones de forma y contenido aún reminiscencia del modernismo en el ritmo, colorismo, la nota sensual, pero ya enderezadas por las vías de la lírica posterior a la antedicha escuela. Varios años después dará a las prensa esta autora el cuaderno que titula Sonetos de la verdad (1964), acaso la sima de su obra lírica toda, a través de cuyas páginas expresan recuerdos e ilusiones saturados de poesía, vida y emoción, vertidos en el molde tradicional del soneto, pero trabajado éste con definido sello de modernidad en cuanto al manejo lingüístico. También publicará por estos tiempos Cuaderno literario; prosa y verso (1966), y Tierra y folklore (1967), libro el último que dedica a los niños de Puerto Rico, en el cual, a parte de reunirse materiales de valor folclórico criollo, figura un "Canto San Juan Bautista" , compuesto en décimas, alusivo a las celebraciones populares del país en la noche de vísperas de San Juan. Continuará luego esta autora su labor de producción lírica con Mujer sin isla; poesía (1973) y Voz y pasión (1975), cuadernos que se hacen eco entre ambos de variada temática: el recuerdo, la nostalgia, la religiosidad, el sentimiento americanista y puertorriqueño.

Homenaje a Carmen Marrero 1988





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LEY CADA ESTUDIANTE TRIUNFA (ESSA)


      La Ley Cada Estudiante Triunfa (ESSA, según sus siglas en inglés) reemplazó a “No Child Left Behind” (NCLB) el 10 de diciembre de 2015 y estará en pleno funcionamiento en el año escolar 2017-18. La ley ESSA reautoriza la Ley de Educación Primaria y Secundaria (ESEA), la cual es la ley de educación de la nación y un compromiso perdurable de igualdad de oportunidades para todos los estudiantes.
      La versión anterior de la ley, llamada Que Ningún Niño Quede Atrás (NCLB, según sus siglas en inglés), fue promulgada en 2002. NCLB fue un importante paso adelante para los niños de nuestro país en muchos aspectos, particularmente porque reveló donde los estudiantes estaban progresando y donde necesitaban apoyo adicional, sin importar raza, nivel económico, barrio, discapacidad, idioma o ascendencia. La ley estaba programada para ser revisada en 2007, pero con el tiempo, los requisitos la de NCLB resultaron inviables para las escuelas y educadores. Debido a eso, en 2010 la Administración de Obama apoyó a los educadores y a las familias que pedían reformas a la ley para mejor preparar a todos los estudiantes para el éxito en la universidad y en el trabajo.

RECURSOS:

Documentos útiles de la Ley ESSA y otros recursos se publicarán aquí.

ESSA Transition FAQs ( 18 de enero 2017)


Evaluaciones Alternativas Revisadas:  

La ley ESSA exige que los estudiantes que participan en una evaluación estatal alternativa reciban instrucción basada en el contenido académico del grado, y que no se les administren evaluaciones alternativas sin haber recibido primero dicha instrucción. También exige que las evaluaciones alternativas se basen en las normas de contenido académico del estado para todos los estudiantes.

La ley ESSA exige que los estados promuevan la
participación y el progreso de todos los estudiantes
en el plan de estudios de educación general, incluso los
que tomen una evaluación alternativa.

Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) con todos los contenidos temáticos

La ley ESSA incluye el Diseño Universal para el Aprendizaje en su definición de alfabetización integral. El Diseño Universal para el Aprendizaje es una serie de principios para la elaboración de planes de estudios que les den a todos los alumnos igualdad de oportunidades para aprender. La ley ESSA exige que la alfabetización integral se aplique en todos los contenidos temáticos. No tiene sentido aplicarla solamente en lectura o inglés (English-Language Arts). Visite el National Center on Universal Design en CAST www.udlcenter.org.
Mejor ambiente escolar
La ley ESSA puede requerir que las escuelas acepten asistencia técnica sobre mejores prácticas para mejorar el ambiente y la seguridad escolar. Esto puede incluir eliminar la intimidación, responder al uso inapropiado y peligroso de métodos de sujeción y separación, y aumentar el número de estudiantes con discapacidades que son educados en el aula general.
Los cambios de la ley ESSA pueden apoyar los programas educativos individualizados

Muchos de los cambios introducidos en la nueva ley ESSA serán útiles en las reuniones del programa educativo individualizado (IEP, por sus siglas en inglés) para que los padres eleven las expectativas académicas y fortalezcan los servicios escolares para los estudiantes con discapacidades.

Consulta significativa de las partes interesadas

La ley ESSA exige que cada estado elabore los planes de implementación en consulta con las partes interesadas, incluidos los padres. Las decisiones sobre los requisitos de responsabilidad escolar con respecto al rendimiento académico de los estudiantes con discapacidades se tomarán a nivel estatal y local para el ciclo escolar 2017-18. Comuníquese con el Departamento de Educación Primaria y Secundaria de Massachusetts para obtener más información sobre las oportunidades para participar. Visite www.doe.mass.edu y busque “ESSA”.

Las escuelas son responsables de los estudiantes con discapacidades.

La ley ESSA exige que como mínimo el 95% de los estudiantes (incluyendo a los que tienen discapacidades) participen en el sistema de evaluación estatal (MCAS). Es importante entender que la regla del 95% de participación se aplica a todos los estudiantes de cada escuela y de cada subgrupo estudiantil. En otras palabras, si no se evalúa a los estudiantes de un subgrupo, la escuela podría incurrir en una violación aun si cumple la regla con los demás subgrupos.
La ley ESSA también exige que se informen las calificaciones de cualquier subgrupo con más de 30 estudiantes. Algunas personas creen que ése número es demasiado alto y que muchas escuelas podrían quedar exentas de presentar informes si tienen muy pocos alumnos. Por lo tanto, han recomendado que el número se reduzca a un valor “n” de 10.

Por último la ley ESSA exige que los datos se presenten para todos los subgrupos de estudiantes mencionados en la ley, sin eliminar ni combinar subgrupos. Esto significa que la categoría actual de Massachusetts de “estudiantes con muchas necesidades” quizás deba desglosarse en diferentes grupos de alumnos.

Más recursos: A medida que la implementación de la ley ESSA avance, se conocerán más detalles y consejos para las familias sobre cómo abogar a favor de sus hijos en la escuela.

Mientras tanto, pueden visitar www.advocacyinstitute.org/ESSA/index.shtml para obtener información adicional.

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Plan de Flexibilidad:

" Los principios del Plan de Flexibilidad están alineados a las metas académicas del Departamento de Educación, dirigidas a transformar las comunidades escolares y a que nuestros estudiantes desarrollen las competencias esenciales para continuar estudios postsecundarios o entrar al campo laboral"
Secretario de Educación, Rafael Román Meléndez, tras aprobación del Plan de Flexibilidad por el USDE.

La aprobación del Plan de Flexibilidad para Puerto Rico fue anunciada el pasado, martes, 1 de octubre de 2013, en conferencia de prensa con el gobernador Alejandro García Padilla. Según expresó el secretario de Educación, Rafael Román Meléndez, el plan surge de una oportunidad de solicitarle al gobierno federal flexibilidad en algunos requerimientos de la Ley de Educación Elemental y Secundaria del 1965 (ESEA, por sus siglas en inglés), según enmendada por la Ley No Child Left Behind (NCLB, por sus siglas en inglés). A tono con esa flexibilidad, se instó mayor rigurosidad y una planificación comprensiva en la evaluación de las escuelas públicas y el aprovechamiento académico de los estudiantes.
Uno de los cambios más significativos del Plan de Flexibilidad es que eliminará la clasificación de “escuelas en plan de mejoramiento”, categoría que actualmente agrupa a 1,320 planteles escolares de un total de 1,461. Con los nuevos criterios para medir la calidad y la eficiencia de las escuelas públicas, los planteles escolares serán clasificados en las siguientes cuatro categorías: escuelas excelencia, escuelas progreso, escuelas enfoque o escuelas prioridad.

   DOCUMENTOS


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  • Nueva Encuesta para seleccionar las preferencias alimentarias en los Estudiantes del Departamento de Educación de Puerto Rico

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    Acceder a: Encuesta DE Comedor Escolar - Sana Alimentación

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